
QUERELLANTE. Ante este tribunal acudo, señoría, en busca de justicia y reparación.
JUEZ. Vaya al grano. ¿Por qué litiga?
Q. Este señor de gafas que se sienta en el banquillo me ha acusado en público de mentir y de propagar un bulo.
J. ¿Y de qué le acusa?
Q. De acusarme de mentir.
J. No, usted no, el querellado: qué mentira dice que usted dijo y qué bulo propaló.
Q. El de que yo mentía y propalaba bulos para disimular.
J. Vamos a ver. Le pregunto por la mentira que dice usted que este señor dijo que usted había dicho. ¿Qué clase de mentira? Puede tratarse de una injuria si el contenido es venial o de una calumnia si implica la atribución de un delito siempre en el supuesto de que la acusación no tuviere fundamento alguno, que fuese falsa: en su particular caso, que no era verdad que usted mentía. No lo era, ¿no?
Q. ¿Era qué?
J. ¡Verdad! No era cierto que usted mentía, supongo.
Q. Pues…
J. ¿Era mentira que mentía?
Q. ¿Quién?
J. ¡Usted!!!
Q. No, señoría, era verdad.
J. ¿La mentira era verdad o era verdad que mentía?
Q. La verdad es que era mentira lo que dije.
J. Entonces el querellado tenía razón.
Q. No, no, no. No, señoría, no. No tenía razón ni tenía derecho. Y ahí justamente está el delito del que acuso al querellado. No importa si injuria o calumnia, si galgos o podencos, no importa el calibre, el peso ni el color de la mentira, ni tampoco si era verdad. No importa la verdad, no importa el contenido del mensaje: aquí lo que importa es el mensajero.
J. El medio es el mensaje, me suena. Y también matar al mensajero: ¿todo esto sigue vigente?
Q. Y tanto, señoría, y sobre todo en este asunto. Puesto que la persona a la que acuso bajo ningún concepto podía decir la verdad sobre mi mentira ni mentir sobre mi verdad porque está obligada por el secreto a guardar silencio hasta la muerte.
J. Ah, ¿es cura?
Q. Peor: fiscal.
J. Caramba. ¿Qué dijo este fiscal?
Q. Que yo había estafado a Hacienda, es decir, a la patria.
J. ¿Lo hizo usted?
Q. Claro. Pero pedí perdón, confesé mi error y me arrepentí.
J. Ah, bueno… ¿Y tiene propósito de enmienda?
Q. Efectivamente, señoría. Mucho.
J. ¿Mucho, mucho?
Q. Total, señoría, no lo sabe usted bien.
J. ¿Volvería a hacerlo?
Q. Nunca más, señoría, nunca; jamás.
J. ¿Lo promete?
Q. Se lo juro por la túnica sagrada de la divina Temis que la balanza esgrime y la espada de doble filo blande.
J. ¿Tiene respaldo y aval tan solemne compromiso?
Q. Sí, señoría: que si incumpliera dicho juramento, sea yo desterrado de España de por vida o, en su caso, suicidado.
J. Muy bien. Pues este tribuno se retira para evacuar consultas, estudiar la bibliografía disponible y la jurisprudencia concordante a fin y efecto de redactar la sentencia. Pero para su tranquilidad y en aras de no verse el querellante carcomido por el ansia de la espera, tengo a bien adelantar el fallo: el fiscal es culpable. Se disuelve, digo, levanta la sesión.
Q. Este señor de gafas que se sienta en el banquillo me ha acusado en público de mentir y de propagar un bulo.
J. ¿Y de qué le acusa?
Q. De acusarme de mentir.
J. No, usted no, el querellado: qué mentira dice que usted dijo y qué bulo propaló.
Q. El de que yo mentía y propalaba bulos para disimular.
J. Vamos a ver. Le pregunto por la mentira que dice usted que este señor dijo que usted había dicho. ¿Qué clase de mentira? Puede tratarse de una injuria si el contenido es venial o de una calumnia si implica la atribución de un delito siempre en el supuesto de que la acusación no tuviere fundamento alguno, que fuese falsa: en su particular caso, que no era verdad que usted mentía. No lo era, ¿no?
Q. ¿Era qué?
J. ¡Verdad! No era cierto que usted mentía, supongo.
Q. Pues…
J. ¿Era mentira que mentía?
Q. ¿Quién?
J. ¡Usted!!!
Q. No, señoría, era verdad.
J. ¿La mentira era verdad o era verdad que mentía?
Q. La verdad es que era mentira lo que dije.
J. Entonces el querellado tenía razón.
Q. No, no, no. No, señoría, no. No tenía razón ni tenía derecho. Y ahí justamente está el delito del que acuso al querellado. No importa si injuria o calumnia, si galgos o podencos, no importa el calibre, el peso ni el color de la mentira, ni tampoco si era verdad. No importa la verdad, no importa el contenido del mensaje: aquí lo que importa es el mensajero.
J. El medio es el mensaje, me suena. Y también matar al mensajero: ¿todo esto sigue vigente?
Q. Y tanto, señoría, y sobre todo en este asunto. Puesto que la persona a la que acuso bajo ningún concepto podía decir la verdad sobre mi mentira ni mentir sobre mi verdad porque está obligada por el secreto a guardar silencio hasta la muerte.
J. Ah, ¿es cura?
Q. Peor: fiscal.
J. Caramba. ¿Qué dijo este fiscal?
Q. Que yo había estafado a Hacienda, es decir, a la patria.
J. ¿Lo hizo usted?
Q. Claro. Pero pedí perdón, confesé mi error y me arrepentí.
J. Ah, bueno… ¿Y tiene propósito de enmienda?
Q. Efectivamente, señoría. Mucho.
J. ¿Mucho, mucho?
Q. Total, señoría, no lo sabe usted bien.
J. ¿Volvería a hacerlo?
Q. Nunca más, señoría, nunca; jamás.
J. ¿Lo promete?
Q. Se lo juro por la túnica sagrada de la divina Temis que la balanza esgrime y la espada de doble filo blande.
J. ¿Tiene respaldo y aval tan solemne compromiso?
Q. Sí, señoría: que si incumpliera dicho juramento, sea yo desterrado de España de por vida o, en su caso, suicidado.
J. Muy bien. Pues este tribuno se retira para evacuar consultas, estudiar la bibliografía disponible y la jurisprudencia concordante a fin y efecto de redactar la sentencia. Pero para su tranquilidad y en aras de no verse el querellante carcomido por el ansia de la espera, tengo a bien adelantar el fallo: el fiscal es culpable. Se disuelve, digo, levanta la sesión.
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Este mes de enero de 2026, Friedrich Dürrenmatt, autor del celebrado Proceso por la sombra de un burro, habría cumplido 105 años. En su recuerdo, esta leve farsa judicial, por supuesto ficticia y de imposible parecido con la realidad salvo por pura coincidencia. A Dürrenmatt se atribuye también la conocida frase “tristes tiempos estos en los que hay que luchar por lo que es evidente”. •
[Escrito el 28 de diciembre, día de los Santos Inocentes]
Por Jaume Boix, director de El Ciervo