Todos se dirigen a él como Herr Lehrer. Nadie sabe cuándo llegó a Santiago. El profesor, entrado en años, ha venido para su partida. Hay emoción, hay tensión, hay expectación. En el café compostelano de la praza do Toural, el profesor habla muy poco, saluda sólo a los viejos conocidos. Es martes, quizá es 3 de octubre. Alguien enciende la televisión. Aparece el Rey. Comienza su alocución, serio, sobrio, un punto rígido, con autoridad. Estado de excepción. El viejo profesor empieza a declamar en voz baja un texto que dice haber escrito él hace 95 años. No parece creíble. “Soberano es quien decide sobre el estado de excepción”. El domingo anterior algunos intentaron una afirmación excepcional de soberanía (pero semanas después no se arrió la bandera). “Quien decide en caso de conflicto” es quien, de forma no rigurosa ni clara, pero sí terminante e inapelable, decide que existe un conflicto. “Decidir si se puede o no eliminar el caso excepcional extremo no es un problema jurídico, es el atributo más genuino de la soberanía”. El joven matemático corrobora: no podemos prever procedimientos hasta el infinito, siempre se “nos escapa algo” y entonces alguien debe decidir. Ese es el soberano, porque es él quien decide que hay una excepción. Las previsiones procedimentales incluyen por fuerza la necesidad de la excepción. No hay infinitas posibilidades de predicción. Dicho de otra manera, musita ahora el profesor (él sostiene estas cosas desde hace casi un siglo), la “discusión sobre el caso excepcional” consiste en saber “quién dispone de las facultades no regladas constitucionalmente (…) quién es competente cuando el orden jurídico no resuelve el problema de la competencia”. Para quien “se orienta hacia los problemas y los negocios cotidianos, el concepto de soberanía carece de interés práctico”. Un registrador de la propiedad, que a veces viene a tomar café (tiene casa cerca), se encoge de hombros, pues él sólo sabe de aplicar la ley y levantar acta de lo ocurrido de acuerdo con lo previsto. Es un honrado funcionario. Para quien se rige por lo normal, lo único cognoscible, “todo lo demás constituye una «perturbación». Frente al caso extremo se encuentra sin saber qué hacer”. Desde la aburrida rutina no se puede resolver lo extraordinario; sin embargo, el soberano es quien, “desde la suspensión total del orden jurídico vigente”, dispone de facultades no regladas constitucionalmente, “es decir, quién es competente cuando el orden jurídico no resuelve el problema de la competencia”. El soberano, “ante un caso excepcional” privilegia el derecho a la propia conservación y suspende el derecho para restaurarlo. “El soberano –pronuncia lentamente el profesor – es quien con carácter definitivo decide si la situación es, en efecto, normal” y “asume el monopolio de la última decisión”. La soberanía del Estado conste en “el monopolio de la decisión” en el caso excepcional. Para Kant el estado excepcional no tiene cabida en el sistema; para Kant, el “derecho de necesidad ya no es derecho”. ¿Puede el Estado regular el derecho de excepción minuciosamente, es decir el caso en que el derecho sesuspende a sí mismo? (nadie habla en cursivas ni con comillas, podemos suponer que el profesor ha modulado suavemente la voz para señalar matices en lo que dice que escribió). La excepción es atributo del soberano, sigue diciendo. El burócrata que levanta acta o el que registra documentos no está interesado por lo excepcional, no lo entiende. Por ello es incapaz de responder a quien intenta la excepción a la regla y se des-coloca. Lo suyo es co-locar las cosas; lo des-plazado y lo im-pre-visto complican su orden. El soberano decide. Dicho de otra forma: si decide es que es soberano. No hay más que un soberano. Si otro ha pretendido hacer de soberano, el auténtico soberano aclara que no puede haber más que un soberano. Le hacen caso. Está claro quién es el soberano. El discurso se ha acabado en Praza do Toural. Silencio, llueve. La farmacéutica rebelde, el profesor agitador y el aburrido registrador, cabizbajos, regresan a casa. Saben quién es el soberano. (Si, amable lector, has llegado hasta el final es que has reconocido en la amplias citas amplias de este blog textos de la Politische Theologie de Carl Schmitt de 1922; después de 1945 el jurista alemán, demasiado comprometido con el nazismo, pasó largas temporadas en Galicia, donde vivió su hija. Algunos del influyente Instituto de Estudios Políticos que estaba donde hoy el Senado y entonces el Consejo Nacional del Movimiento fue considerado un “pensador español”; su estrella no volvió a brillar hasta mucho después y ahora lo reivindica un amplio espectro que va de la extrema izquierda a la extrema derecha; su dialécticaamigo/enemigo se hizo famosa; toda la escena pudo ocurrir, salvo que la muerte de Schmitt en 1985 con 97 años, la hace del todo improbable; este blog se publica en una revista, El Ciervo, que fue llamada “improbable”. Los demás personajes aludidos son reales, aunque no figuren sus nombres; todos ellos tienen acomodo cerca de praza do Toural).
Josep Maria Margenat, profesor de Filosofía Social en la Universidad Loyola Andalucía